Ratifica TEPJF que partidos deben postular a 7 mujeres a gubernaturas

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Esto al resolver recursos de apelación acumulados que presentaron el PAN, el Senado de la República y el Partido Baja California, así como terceras interesadas

Redacción

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó su resolución que obliga a los partidos políticos a postular a mujeres como candidatas en siete de las 15 gubernaturas que se disputarán en 2021.

El Tribunal publicó casi a la medianoche del miércoles su sentencia sobre paridad de género, al resolver recursos de apelación acumulados que presentaron el PAN, el Senado de la República y el Partido Baja California, así como terceras interesadas.

En la resolución, la instancia electoral ordenó a los partidos que informen a más tardar el 30 de diciembre al Instituto Nacional Electoral (INE) las entidades donde presentarán a mujeres y las ocho en las que van varones.

La resolución apareció nueve días después de que fue adoptada por la Sala Superior del Tribunal.

Según el fallo, el Tribunal “revoca el acuerdo impugnado”, es decir el adoptado por el Consejo General del INE (CG569/2020), por el cual se ordenaba a los partidos designar a siete mujeres como candidatas a gubernaturas.

El Tribunal resaltó que el INE carece de competencia para implementar medidas para lograr la paridad de género en la postulación de candidatas.

Sin embargo, el órgano jurisdiccional sostiuvo que aunque no existe una base constitucional o legal “que nos permita actuar en plenitud de jurisdicción y establecer de manera directa las directrices, criterios o normas que deben regir en materia de paridad de género en la postulación partidaria de las candidaturas en las gubernaturas cuyas elecciones tendrán verificativo en 2021”. No obstante ello, vinculó a los partidos políticos nacionales para que en la postulación de sus candidaturas a las gubernaturas del presente proceso electoral “hagan efectivo el principio de paridad”.

De igual forma el TEPJF vinculó al Congreso de la Unión y a los congresos locales a regular la paridad de género “antes del inicio del próximo proceso electoral de manera inmediata al proceso 2020 – 2021. Al analizar el reclamo del Senado respecto a que el INE invadió la competencia para establecer disposiciones jurídicas respecto al proceso electoral en curso, el TEPJF consideró que el INE invadió la competencia para establecer las disposiciones jurídicas sustantivas que deben regir en materia de paridad en la renovación de las gubernaturas, toda vez que ello, corresponde a las autoridades estatales y también consideró que la autoridad electoral nacional sustituyó a los legisladores locales al imponer disposiciones en un ámbito que se encuentra reservado a las legislaturas estatales.

El TEPJF reslata en su resolución que “este Tribunal Electoral debe aplicar directamente la constitución general, para garantizar el derecho de la ciudadanía a ser votada en condiciones de paridad atendiendo a las circunstancias particulares del caso”.

Destaca que aunque el Congreso de la Unión y los congresos estatales no legislaron en la materia, el decreto de la reforma de 2019 refiere que “el principio de paridad será aplicable a quienes tomen pocesión de su encargo a partir del proceso electoral federal o local siguiente a la entrada en vigor de decreto, es decir, el proceso electoral 2020- 2021”.

Con información de La Jornada

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