Aseguran espacios a indígenas como regidores en 2024

0
22

Aprobaron reforma constitucional para que en los ayuntamientos de Sinaloa existan respetando la paridad de género

Redacción

CULIACÁN, Sin.- Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, de Comunidades y Asuntos Indígenas, y de Derechos Humanos aprobaron reforma constitucional para que en los ayuntamientos de Sinaloa existan representantes indígenas, respetando la paridad de género.

Diputadas y diputados aprobaron adicionar la fracción VIII a la Base A del Quinto Párrafo del Artículo 13 Bis, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.

La adición es: “Elegir, en los municipios con población indígena reconocida y declarada como pueblos y comunidades indígenas del Estado en la legislación respectiva, representantes ante los Ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables.”

En reunión de Comisiones unidas se consideró viable reformar la Constitución Política del Estado de Sinaloa para que se reconozca y garantice el derecho de los pueblos y comunidades indígenas de contar con representantes ante los ayuntamientos.

Y de esa forma cuenten con un poder efectivo para participar en las sesiones de Cabildo en los temas susceptibles de afectarles, maximizándose su derecho a la autonomía, al garantizarse que serán consideradas sus opiniones al momento de la toma de decisiones del Poder Público Municipal y con ello se fortalezca su participación y representación en la vida pública del municipio del que son parte.

De conformidad con el artículo 115, fracción I, de la Constitución Federal, los representantes de los pueblos y comunidades indígenas no son integrantes de los ayuntamientos.

Su elección se realizará de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, sin que les sean aplicables las reglas a las que se sujetan los procesos electorales locales.

Una vez aprobado el decreto por el Pleno entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

Los ayuntamientos con representación indígena deberán facilitar los elementos y recursos materiales que se requieran para el desempeño de las actividades esenciales e indispensables del representante indígena.

En un plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, este H. Congreso deberá llevar a cabo las reformas que se deriven del mismo.

Con estas reformas se da cumplimiento a la sentencia apelativa con mandato a las y los legisladores del Congreso del Estado de Sinaloa por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recaída al expediente SUP-REC-588/2018, para que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, cumpla con la obligación establecida en el artículo 2o., apartado A, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, emitiendo las disposiciones que considere pertinentes para que, previa consulta informada, de buena fe y culturalmente adecuada, complemente el marco normativo local que permitan el correcto ejercicio del derecho de representación de los pueblos y comunidades indígenas ante los Ayuntamientos del Estado y no solamente su reconocimiento.

El artículo 13 Bis de la Constitución Política actualmente establece que el estado de Sinaloa tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos y comunidades indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del estado al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

Por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, a favor del dictamen: Ambrocio Chávez Chávez, Feliciano Valle Sandoval, José Manuel Luque Rojas, Verónica Guadalupez Bátiz Acosta, y en contra la diputada Elizabeth Chia Galaviz.

Por la Comisión de Comunidades y Asuntos Indígenas, a favor del dictamen: Deisy Judith Ayala Valenzuela, María Guadalupe Cázares Gallegos y Juan Carlos Patrón Rosales, y en contra el diputado Martín Vega Álvarez.

Y por la Comisión de Derechos Humanos a favor del dictamen, Rosario Guadalupe Sarabia Soto, Gloria Himelda Félix Niebla y Almendra Ernestina Negrete Sánchez, y en contra, Elizabeth Chia Galaviz.

Para la elaboración de este dictamen Comisiones unidas dictaminaron seis iniciativas presentadas:

Tres presentadas por la ciudadana Jesús Angélica Díaz Quiñónez y el ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño.

Y las otras tres por:
Los ciudadanos sinaloenses Jorge López Hernández, Reynaldo Cruz González, Florencio Cubas Guzmán, Marcelino Gómez López, Gonzalo Armienta Hernández, Anselmo Ortiz Santiago, entre otros.

Por las diputadas Alma Rosa Garzón Aguilar, María Victoria Sánchez Peña y el diputado Pedro Alonso Villegas Lobo, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena de esta LXIV Legislatura.

Presentada por las diputadas Verónica Guadalupe Bátiz Acosta, María Aurelia Leal López, Deisy Judith Ayala Valenzuela y María Guadalupe Cázares Gallegos y los diputados José Manuel Luque Rojas, Feliciano Valle Sandoval y Juan Carlos Patrón Rosales, integrantes de esta LXIV Legislatura, ante este H. Congreso del Estado de Sinaloa.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here