Quieron diputados cronistas en municipios

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Dan lectura a iniciativa que propone se nombre a Cronista Municipal

Redacción

CULIACÁN, Sin.- El pleno del Congreso del estado de Sinaloa dio primera lectura a iniciativa de ley ciudadana que propone reformar la Ley de gobierno municipal para que se nombre en los municipios a un cronista para difundir los valores culturales y artísticos.

El Cronista Municipal difundirá los valores culturales y artísticos del municipio, será nombrado por el Cabildo a propuesta del Presidente Municipal y durará en su cargo 3 años, pudiendo ser reelecto indefinidamente, esa la propuesta.

Se presenta iniciativa para reformar el artículo 35 fracción IV y adiciona el capítulo IX Bis a la citada ley.

Los autores de la misma son Francisco Padilla, Nicolás Vidales Soto, Carlos Francisco Tavizón López, Jaime Félix Pico, Ramón Mimiaga Padilla, Daniel López García Osear, Manuel Cuén Mariscal, Martín Bojórquez Sandoval, Ernesto Moreno Gatica, Ernesto Flores Parra y José Armando Fierro Infante.

Asimismo, Ricardo Aldana Santos, J. Benito Prado Vega, José Carlos Laura Rodríguez, Rosendo Guzmán Romero, José Guadalupe Corrales Medrano, Juan Andrés Casas Valenzuela, Jaime Gutiérrez Peraza, Julio Félix Mendívil, Luis Antonio Sepúlveda García y Ángel Sergio Antonio Villalba.
En los considerandos resaltan que actualmente al ser opcional la figura del cronista, ello reduce la importancia de su función.

Aseguran que debe valorarse el esfuerzo de los cronistas por preservar la memoria histórica del municipio al constituirse como promotor y custodio de los acontecimientos, personajes y festividades que han fortalecido la cultura municipal, sus bienes, patrimonio e identidad.

Argumentan que ya en 26 entidades federativas que se considera la figura del cronista municipal en los instrumentos jurídicos correspondientes, en 17 de las cuales asignan un capítulo particular para definir las atribuciones del cronista, su nombramiento y remoción de su cargo.

De la importancia de su iniciativa, los autores señalan que la crónica municipal es la narración de los hechos históricos más importantes de la vida municipal de cada una de las partes básicas de la organización política en los Estados de la República Mexicana.

Cuando la crónica municipal se difunde, agregan, logra que los habitantes se identifiquen con el territorio y los acontecimientos que suceden en el municipio.

En los artículos Bis propuestos, los autores enumeran los requisitos que se deben cumplir quienes aspiren a ser Cronista Municipal, así como las facultades y obligaciones que tendrán.

A la iniciativa se le dispensó la segunda lectura y se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación para su análisis y elaboración del correspondiente dictamen.

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