‘Por error’, el DIF Mocorito separó a una niña de su madre

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Hay una emisión de una constancia de abandono por parte de la madre, la cual carece de fundamento y motivación; la CEDH señala que no se priorizó el interés superior de la niñez

Redacción

CULIACÁN, Sin.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH) emitió la recomendación 4/2019 al H. Ayuntamiento de Mocorito al haberse acreditado la violación al derecho humano de la niñez y a la legalidad de una niña.

El 21 de agosto de 2018, la madre de la menor de edad presentó escrito de queja ante este Organismo Estatal toda vez que el Procurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema DIF de Mocorito, emitió un documento en el que se señalan días, horas y condiciones para que la madre de la niña pudiera verla, así como por la emisión de una constancia de abandono por parte de la madre, la cual carece de fundamento y motivación.

Los anteriores actos de autoridad se emitieron sin haber realizado una investigación seria de los hechos que permitieran su emisión debidamente fundada y motivada, lo que trajo como consecuencia que la niña agraviada fuera separada de su madre y/o abuelos maternos, sin priorizar el interés superior de la niñez.

Con base en lo anteriormente expuesto y al tener como marco el artículo 1ro de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, que precisa como objetivo último en nuestra entidad federativa la protección de la dignidad humana y la promoción de los derechos fundamentales que le son inherentes, así como al artículo 4to Bis, segundo párrafo, que afirma que los derechos humanos tienen eficacia directa y vinculación a todos los poderes públicos, esta Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa formula las siguientes recomendaciones:

PRIMERA. Instruya a quien corresponda para que la instancia competente del Ayuntamiento de Mocorito inicie el procedimiento de responsabilidad administrativa en contra AR1, al que debe agregarse copia de la presente Recomendación, y en su caso, se impongan las sanciones que resulten procedentes; asimismo, se informe a esta Comisión Estatal el inicio del mismo y la resolución que en su momento se emita.

SEGUNDA. Gire instrucciones a quien corresponda, para que se diseñe e imparta un curso de capacitación relacionado con el derecho a la legalidad e interés superior de la niñez entre los servidores públicos de la Procuraduría de Protección Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema DIF de Mocorito, para evitar que se incurra en violaciones a derechos humanos como las que dieron origen a la presente recomendación; asimismo, se envíe a este organismo estatal prueba de su cumplimiento.

TERCERA. Se dé a conocer el contenido de la presente recomendación entre los servidores públicos de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema DIF de Mocorito.

La presente Recomendación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene el carácter de pública y se emite con el propósito fundamental de hacer una declaración respecto de una conducta irregular por parte de servidores públicos en el ejercicio de las facultades que expresamente les confiere la ley, como de obtener la investigación que proceda por parte de las dependencias administrativas o cualesquiera otras autoridades competentes, para que, dentro de sus atribuciones, apliquen las sanciones conducentes y se subsanen las irregularidades cometidas.

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