Quieren prohibir nacimientos navideños en espacios públicos

0
5

Son violatorios de la libertad religiosa y los principios constitucionales del Estado laico, argumenta ministro de la Suprema Corte

Redacción

CIUDAD DE MÉXICO.- El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá propondrá a sus compañeros en la Primera Sala declarar que los nacimientos o cualquier otro adorno o signo alusivo a la religión no pueden ser colocados en espacios públicos ni pagados con recursos del erario.

La propuesta será presentada este miércoles 6 de noviembre durante la sesión de la Primera Sala en la que González Alcántara Carrancá señaló que estos elementos en espacios públicos son violatorios de la libertad religiosa y los principios constitucionales del Estado laico.

Con su proyecto el ministro buscará resolver el amparo solicitado por una persona en contra de la colocación de nacimientos y adornos navideños alusivos a la religión en espacios públicos significativos en el municipio de Chocholá, Yucatán en diciembre de 2020.

Mediante la instalación de la escenificación del ‘Nacimiento de Cristo’ en un espacio público con recursos del erario municipal privilegió o consideró superior la religión cristiana sobre el resto de las concepciones de pensamiento o de conciencia, incluido el laicismo ejercido por el promovente del presente juicio”, señala el proyecto del ministro.

“Como consecuencia de haber privilegiado los símbolos o insignias de la religión cristiana se posicionó como un Ayuntamiento hostil e indiferente frente a cualquier otra concepción religiosa o de conciencia, a pesar de que la neutralidad del Estado mexicano dispone –entre otras cuestiones– que toda autoridad ha de ocuparse de evitar la imposición de ciertas ideas o dogmas de unas personas sobre de otras; y, por el contrario, ha de preocuparse por garantizar el ejercicio libre de cualquier religión, o incluso, de ninguna de ellas”.

Por ello, el ministro propondrá amparar al quejoso y ordenar al municipio que se abstenga de gastar recursos públicos para colocar símbolos religiosos en espacios públicos.

Si el criterio obtiene mayoría de cuatro votos en la Sala, se generará automáticamente una jurisprudencia que será aplicable en todo el país.

Pero si el amparo se concede con sólo tres votos, beneficiará al quejoso y el municipio demandado será el único obligado a cumplir la orden de la Corte.

Con información de Proceso

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here