Prohíbe Culiacán velorios para difuntos por COVID-19

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Los ataúdes deberán ser completamente sellados; restaurantes y estadios al 50%, prohibidas las reuniones en la vía pública y cerrarán tianguis a partir del 21 de enero

Redacción

CULIACÁN, Sin.- El gobierno de Culiacán emitió nuevas reglas debido al repunte de COVID-19 en el municipio atribuyendo la situación al relajamiento social excesivo y la falta de medidas adecuadas y oportunas que diversas autoridades han omitido.

En un catálogo emitido consideró además a la falta de conciencia y solidaridad de muchas personas e instituciones privadas, que
anteponen intereses políticos y económicos al superior interés de preservar la salud y la vida como derecho humano constitucional.

 

Las reglas son las siguientes:

A).- Los restaurantes y establecimientos donde se expendan alimentos y bebidas en base a la determinación de espacios autorizados para los clientes, deberán conservar en su interior únicamente las mesas y sillas indispensables para tal efecto, por lo que queda prohibida la presencia de mobiliario no utilizable en su interior; con excepción de aquellos que sean fijos o semifijos.
B).- A la entrada deberá utilizarse para desinfección de manos, alcohol, microdacyn, o cualquier otro antibacterial similar; exceptuándose los geles por contener sustancias que se impregnan en la piel después de que se volatiza el alcohol, convirtiéndose en algo que propicia potencialmente el contagio de diversas bacterias o virus, sin perjuicio de usar al interior agua y jabón para las manos.

C).- Los restaurantes y establecimientos donde se expendan alimentos y bebidas igualmente deberán usar vasos, tazas, cubiertos desechables ecológicos; esto es, reciclables o biodegradables; así como todo aquel utensilio que para su uso deba tener contacto con la boca; tanto los cubiertos como las servilletas de papel no
deberán ser empaquetados en forma individual, pues ello implica manipulación y mayor riesgo de contaminarlos.

D).- Los meseros y personal de servicio no deberán usar guantes, pues si bien es cierto que a ellos les protege provisionalmente de algún contagio; para los clientes esto resulta de alto riesgo, pues dichos guantes van acumulando virus y bacterias con el manejo de dinero, charolas, al limpiar las mesas o las sillas, y en general al tener contacto con cualquier otro objeto o material contaminado; y finalmente lo que resulta es multiplicar y potencializar el contagio a otras personas.

E).- En dichos establecimientos las mesas deberán ser ocupadas por el 50% de las personas que normalmente las ocuparían en condiciones ordinarias.

Queda prohibido el uso de valet parking por considerarse un riesgo inminente de contagio al tener contacto con volantes de diversos vehículos por la propia naturaleza de esa función.

F).- Los dispensadores de jabón, de papel, las llaves de agua potable y otros servicios sanitarios deberán contener sensores para evitar que las personas los toquen; de igual forma se recomienda indicar en las puertas de los sanitarios, que el usuario abra la puerta usando un papel o toalla desechable al salir del mismo.

G).- Los sistemas de aire acondicionado y ventilación deberán ser sanitizados permanentemente y regularlos a una temperatura que no afecte las vías respiratorias de las personas.

H).- Deberá prohibirse el acceso a establecimientos a personas discapacitadas, menores de 12 años, mujeres embarazadas y adultos mayores de 70 años, o bien a quienes padezcan diabetes, cáncer o cualquier otra enfermedad contagiosa.

I).- En los estadios de beisbol, de futbol y otros, deberá limitarse el acceso cuando menos al 50% del cupo de dichas instalaciones; deberán usar cubrebocas los asistentes y observar todas las recomendaciones sanitarias que ya se han
mencionado.

J).- La venta de bebidas alcohólicas en los estadios de beisbol deberá limitarse hasta
la séptima entrada del juego; en los de futbol hasta 30 minutos antes de que concluya el partido; de igual manera todas las personas deberán permanecer sentadas en sus lugares hasta que se les indique por altavoz qué filas o secciones de asientos pueden desalojar el estadio en el orden que se les diga.

Ya al exterior de los estadios no se permitirá la permanencia de personas en las explanadas, y la autoridad de Vialidad y Seguridad Pública les facilitarán el cruce de calles y avenidas para que se dirijan a sus destinos.

K).- Deberá evitarse cualquier contacto entre personas con motivo de saludo, pues incluso el saludo con el codo resulta absurdo, pues hay quienes recomiendan que precisamente las personas que estornudan lo hagan en el antebrazo.

Lo mismo ocurre en el saludo con los nudillos de las manos, estos no están exentos de contagio.

l).- Se recomienda a las Instituciones Bancarias operar en el Municipio de Culiacán con todas sus sucursales en forma simultánea, y de ser posible ampliar los horarios de atención para dispersar a los usuarios de esos servicios.

Se recomienda otorgar fichas o turnos a los usuarios para evitar filas que no permiten la sana distancia entre una persona y otra.

M).- Las empresas funerarias se abstendrán de dar servicio de velación en caso de que la causa de fallecimiento sea por COVID-19, y los ataúdes deberán ser completamente sellados.

N).- Los tianguis permanecerán cerrados durante 15 días a partir del día 21 de enero del año en curso; igualmente no se autorizan eventos, festejos, o festivales artísticos de paga.

Ñ).- Permanecerán abiertos al público con los protocolos debidos, parques, jardines, y teatros al aire libre pero se cancelará el uso de ejercitadores, juegos mecánicos y juegos infantiles por el mismo término.

O).- En este programa de prevención se incluye a todo tipo de comerciantes, eventuales, formales, informales y ambulantes; siendo las autoridades
administrativas de Mercados, Inspección y Vigilancia, Protección Civil, Seguridad Pública, Vialidad y Tránsito coordinadas por la Secretaría del Ayuntamiento, quienes determinarán las autorizaciones o prohibiciones que tengan que ver con la vía pública; calles, banquetas, parques, camellones y todo tipo de instalaciones públicas.

P).- Quedan prohibidas las reuniones sociales y festejos de todo tipo en la vía pública; sólo podrán reunirse personas en número menor de 30 y que sean con fines de trabajo o para tomar acuerdos en beneficio de la comunidad, siempre y cuando usen cubrebocas y respeten la sana distancia de 1.5 metros cuando menos.

Queda prohibida igualmente la actividad de grupos musicales o equipos de sonido para amenizar festejos en la vía pública o lugares no autorizados que no cuenten con los protocolos sanitarios.

Las autoridades administrativas con el apoyo de la fuerza pública y en cumplimiento al Bando de Policía y Gobierno, actuarán en consecuencia cuando se transgredan dichas medidas de prevención.

Fotografía: Latinus

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