¿Cómo saber si mi empresa generó utilidades?

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En caso de que la empresa para la que labores cumpla con los lineamientos para el reparto de utilidades, sólo falta averiguar si ésta las generó

Redacción

CIUDAD DE MÉXICO.- Ya comenzó el reparto de utilidades 2023 para las personas morales (empresas), quienes tendrán hasta el 30 de mayo para cumplir con ello; mientras que las personas físicas con actividad empresarial tienen hasta el 29 de junio para completar este proceso con sus trabajadores.

El reparto de utilidades es una obligación que tienen todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, cuyas utilidades netas fueran de 300,000 pesos o más en su última declaración fiscal, pero ¿cómo pueden saber los trabajadores cuando esto sucedió?

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un derecho que se establece en la fracción IX, apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el Artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), este derecho es, además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, “un mecanismo que estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados”.

Sin embargo, existen varios parámetros bajo los que una empresa o patrón no están obligados a cumplir con el reparto de utilidades:

  • Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300,000 pesos.

 

¿Dónde o con quién consultar si la empresa tuvo utilidades?

En caso de que una compañía cumpla con todos los lineamientos y el trabajador quiera corroborar si las ganancias fueron las mínimas necesarias para que aplique el reparto de utilidades, puede hacerlo.

Los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio.

De acuerdo con el SAT, la copia de la declaración debe entregarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la presentación de la misma.

En caso de que no hayas tenido acceso a la copia de la declaración anual 2022, puedes solicitarla a tu sindicato o área de Recursos Humanos.00

Con información de Expansión

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